LA APLICACIÓN DE LA GESTIÓN INTEGRADA DE PLAGAS

Fuente: Israel Martín Rufo

Durante este trimestre los alumnos de 2º curso del CFGM de Producción Agropecuaria se encuentran estudiando el tema “Aplicación de la Gestión Integrada de Plagas” dentro del módulo Control fitosanitario.

Para aplicar la Gestión Integrada de Plagas es necesario visitar los diferentes cultivos para hacer una inspección visual sobre el terreno y poder establecer una monitorización constante.

La Gestión Integrada de plagas queda regulada en nuestro país desde el año 2012 por el RD 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. Se trata por tanto de una normativa de obligado cumplimiento para todos aquellos tratamientos fitosanitarios tanto de ámbito agrario como de ámbito no agrario.

Los antecedentes de esta normativa fueron fijados por el Parlamento Europeo y el Consejo cuando adoptaron el 21 de octubre de 2009 dos actos legislativos que modificaron rotundamente la normativa antes vigente en materia de comercialización y utilización de productos fitosanitarios, incorporando los postulados de la estrategia para el uso sostenible de plaguicidas y atendiendo a lo establecido en el VI Programa Comunitario de Acción Medioambiental. En concreto la Directiva 2009/128/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, contiene las disposiciones básicas relativas a la racionalización de su uso para reducir los riesgos y efectos del uso de los plaguicidas en la salud humana y el medio ambiente, y al Plan de Acción Nacional requerido para su consecución, que es necesario incorporar al ordenamiento jurídico interno. Por tanto mediante el RD 1311/2012 España trata de dar cumplimiento a esta directiva europea con los siguientes objetivos:

  1. a) Establecer el marco de acción para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios mediante la reducción de los riesgos y los efectos del uso de los productos fitosanitarios en la salud humana y el medio ambiente, y el fomento de la gestión integrada de plagas y de planteamientos o técnicas alternativos, tales como los métodos no químicos.

La monitorización constante de los cultivos nos permite conocer los umbrales de intervención para hacer un seguimiento de los niveles poblacionales y cuando superen un límite  establecer medidas directas de intervención.

  1. b) La aplicación y el desarrollo reglamentario de ciertos preceptos relativos a la comercialización, la utilización y el uso racional y sostenible de los productos fitosanitarios, establecidos por la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.

Para que los alumnos puedan aplicar correctamente la Gestión Integrada de Plagas, lo primero que ha sido necesario es conocer los aspectos más importantes que regula este Real Decreto como son:

  1. Llevar un seguimiento de las aplicaciones a través del Cuaderno de Explotación.

https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/productos-fitosanitarios/uso-sostenible-de-productos-fitosanitarios/

  1. Formación necesaria para poder realizar aplicaciones fitosanitarias y cómo conseguir los diferentes carnets de manipulador de productos fitosanitarios en sus diferentes niveles de capacitación.
  1. Reducción del riesgo en zonas específicas, la protección del medio acuático y zonas sensibles.

 

  1. La figura del Asesor fitosanitario para determinados cultivos y a partir de determinadas hectáreas.

 

  1. Uso de las Guías de gestión integradas de Plagas. (Como finalidad de servir de orientación a agricultores y asesores para conseguir implantar los principios de gestión integrada de plagas en toda la producción agrícola nacional, uno de los requisitos para todas las explotaciones agrícolas que desarrollen su actividad en España, según el Capítulo III del Real Decreto 1311/2012)

https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/productos-fitosanitarios/guias-gestion-plagas/default.aspx

 

  1. Se establecen los siguientes registros:

 

  1. ROPO (Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria) permite la consulta pública de entidades y operadores fitosanitarios registrados https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/productos-fitosanitarios/ropo/
  1. ROPF (Registro Oficial de Productos Fitosanitarios) base de datos de productos fitosanitarios autorizados que se actualiza periódicamente https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/productos-fitosanitarios/fitos.asp
  1. ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola) Regulado por el RD 1702/2011 por el que tiene que estar registrada toda la maquinaria de aplicación de productos fitosanitarios y debe someterse a inspección periódica https://servicio.mapama.gob.es/regmaq/buscar.wai

 

  1. Manipulación y almacenamiento de productos fitosanitarios, envases y restos.

 

  1. Venta de productos fitosanitarios e información y sensibilización.

 

Una vez conocidos todos estos aspectos y con la ayuda de las Guías de Gestión Integrada de Plagas del Ministerio de Agricultura es posible hacer un correcto seguimiento de la Sanidad Vegetal de nuestros cultivos y así poder cumplir el Plan de Acción Nacional para el Uso Sostenible de Productos Fitosanitarios 

https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/productos-fitosanitarios/guias-gestion-plagas/default.aspx